Bogotá, agosto 3 de 2023
El MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA publicó este lunes 31 de julio, con la aprobación y firma de otros 18 Ministerios, el DECRETO LEGISLATIVO 1276, «Por el cual se adoptan medidas para superar la crisis humanitaria y el estado de cosas inconstitucionales en el departamento de La Guajira”.
Al respecto, la Asociación Colombiana de Comercializadores de Energía –ACCE, manifiesta:
- El Decreto pretende buscar acciones para solucionar 2 temas principales:
a. Medidas de ampliación de la cobertura y acceso al servicio público de energía eléctrica en el departamento de la Guajira.
b. Medidas de sostenibilidad económica para la subsistencia de la población y rescate de la transición energética en el departamento de la Guajira.
- Una de las medidas para la sostenibilidad económica para la subsistencia de la población, contenida en el artículo 7, define la suspensión temporal de los contratos de suministro de energía proveniente de los proyectos de energía renovables en La Guajira, los cuales las empresas Comercializadoras estuvieron OBLIGADAS a comprar en las subastas convocadas por el MME en 2019 y 2021.
- El efecto de dicha suspensión de contratos, hará que los usuarios del servicio de todo el país, quienes tenían contratada su energía a un promedio de $280/kWh, ahora ya la tendrán que comprar en la bolsa, a precios promedio de $500/kWh y posiblemente superiores, a medida que se intensifique la actual temporada de El Niño.
- Adicionalmente, otro sobre costo que conlleva dicha medida, es que las Comercializadoras de Energía, al exigírseles continuar garantizando dicha compra – aún cuando se han suspendido los contratos- deberán garantizar también, la nueva compra en la bolsa, o sea: pagarán doble garantía por la misma energía.
- La medida, en vez de aliviar la problemática de la región, lo que hace es premiar a 3 grandes Generadoras, por el simple hecho de estar en La Guajira, pero que no necesitan ayuda financiera de ningún tipo, en detrimento de los usuarios de todo el país, quienes precisamente en este momento, con un fenómeno del Niño en pleno desarrollo, tendremos que pagar incluso más del doble por esa energía en la bolsa.
- Permitirle a estas Generadoras suspender sus contratos de energía, para que puedan salir a vender esa misma energía a mayor precio en la bolsa y que sean los usuarios quienes tengan que asumir esos sobrecostos, es una medida que puede calificarse como “inmoral”, porque se estaría aprovechando la problemática de una región, para garantizarle a empresas particulares unas condiciones más favorables, en detrimento de los usuarios: ESO NO TIENE NINGÚN SENTIDO.
- Estas medidas planteadas en el Decreto, en lugar de ser una solución, van a contribuir por otra parte a agravar el riesgo sistémico de iliquidez en el sector, con consecuencias sobre toda la demanda.
- Otras medidas adoptadas van contra las reglas de competencia, toda vez que se priorizan y benefician proyectos de Generación por tecnología y/o ubicación, en vez de resolver el problema real que es la disponibilidad de la red. O se les asignan mayores subsidios, en vez de resolver la ausencia de esquemas empresariales que garanticen la sostenibilidad en el tiempo, lo que sólo va a generar mayores necesidades de subsidios a futuro.
- Se asignan mayores subsidios, sin evaluar si los recursos de fondos existentes, incluyendo regalías, pueden utilizarse para los fines buscados, y sin resolver el problema de la ausencia de esquemas empresariales en zonas no interconectadas que garanticen la sostenibilidad en el tiempo, lo que sólo va a generar mayores necesidades de subsidios a futuro.
- Las comunidades energéticas, que no han sido definidas, o las comunidades étnicas, deben soportarse en esquemas empresariales, que garanticen eficiencias operacionales y economías de escala. La Guajira requiere un esquema de Área de Servicio Exclusivo, que existe en la ley y en la práctica (en San Andrés y en Amazonas), para organizar la prestación del servicio en Zonas No Interconectadas -ZNI-, a partir del desarrollo de infraestructura.

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